Las entidades financieras tienen la obligación de solicitar el consentimiento del cliente para transmitir sus datos cuando realizan una cesión de crédito a otra entidad. De esta forma lo establece una sentencia de la Audiencia Nacional, de 10 de septiembre de 2010, que ratifica una sanción de 60.101,20 euros por incumplir esta obligación. La magistrada Veiga Nicole, que actúa como ponente, afirma que una cosa es la legalidad de la cesión de créditos realizada entre las instituciones financieras, que sólo a ambas incumbe, y otra, el necesario cumplimiento de las obligaciones en materia de protección de datos que se derivan de esta cesión.

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