Protección de Datos para fotógrafos

Obligaciones de los fotógrafos

Cada estudio fotográfico o fotógrafo está obligado a cumplir la Ley Orgánica de Protección de Datos (Ley 3/2018) y el Reglamento General de Protección de Datos. Sus obligaciones son básicamente las siguientes.

Acceso a datos de los clientes

Desde que una persona muestra interés en contratarte, has de poder gestionar toda la documentación (presupuestos, certificaciones, facturas…) conforme a la legislacíon de protección de datos.

En Adelopd te ayudamos a gestionar la relación con tus clientes.

Registro de Actividades de Tratamiento

Cada estudio fotográfico o fotógrafo ha de tener preparado, a disposición de la Agencia Española de Protección de Datos, un documento denominado «Registro de Actividades de Tratamiento de Datos Personales», en el que se detalle:

  • Base jurídica que legitima el tratamiento
  • Fines del tratamiento
  • Colectivo de personas afectadas
  • Categorías de datos que se tratan
  • Categorías de destinatarios a los que se pueden comunicar datos personales
  • Transferencias internacionales
  • Plazos de supresión de los datos personales
  • Medidas de seguridad aplicables

Proveedores con garantías suficientes

Un fotógrafo o estudio fotográfico necesita proveedores: proveedor de revelado, asesoría, hosting, etc. Una obligación muy importante es elegir proveedores con suficientes garantías en materia de protección de datos, así como tener firmados los contratos con los proveedores con las cláusulas de confidencialidad y protección de datos. El no hacerlo así, puede tener graves consecuencias.

Preparadme los contratos con mis proveedores

Responsabilidad Activa

La disposición adicional decimoctava de la LOPD establece que:

La Agencia Española de Protección de Datos desarrollará, con la colaboración, cuando sea precisa, de todos los actores implicados, las herramientas, guías, directrices y orientaciones que resulten precisas para dotar a los profesionales, microempresas y pequeñas y medianas empresas de pautas adecuadas para el cumplimiento de las obligaciones de responsabilidad activa establecidas en el Título IV del Reglamento (UE) 2016/679 y en el Título V de esta ley orgánica.

Ahora las obligaciones no son sólo las que pone el BOE. Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2018, la obligación de cada empresa es estar pendiente de todo lo que vaya publicando la Agencia Española de Protección de Datos.

Si tu empresa quiere PODER DEMOSTRAR que cumple este principio de responsabilidad activa, tienes dos opciones:

  1. Asignar uno de los empleados, (preferiblemente un experto en protección de datos) para que revise periódicamente todas las publicaciones de la AEPD y decida qué es lo que resulta de aplicación, y lo implemente en la empresa.
  2. Encargar este trabajo a una empresa especializada en protección de datos.

Relación con modelos

La legitimación para el tratamiento de las imágenes de los modelos no es el consentimiento, sino la relación contractual.

Existen muchas posibilidades de relación, de las cuales podemos destacar:

-Modelo contratado por el cliente final

-Modelo contratado por el fotógrafo

Ambas se pueden retribuir en especie (imágenes para el book personal del modelo, por ejemplo) o factura.

Uso de imágenes

Si quieres utilizar alguna foto de un cliente para promocionar tu trabajo es necesario tener el consentimiento de éste por escrito, si se trata de un menor de edad, debes recabar un consentimiento por escrito de los padres.

Confíanos la protección de datos de tu estudio fotográfico

Somos especialistas en protección de datos
Contactar Adelopd fotógrafos

Gestión integral informatizada

Toda la documentación relativa a protección de datos que tu estudio fotográfico está obligado a gestionar, la elaboramos y te la dejamos preparada en nuestra plataforma de gestión integral informatizada. La gran ventaja que tiene este sistema es que podemos reaccionar rápidamente y adaptar la documentación a los criterios que vaya estableciendo la Agencia Española de Protección de Datos, cumpliendo así perfectamente el principio de Responsabilidad Activa.

Asesoramiento continuo

¿En qué casos puedo realizar fotografías de personas sin recabar el consentimiento de éstas?

¿Necesito algún consentimiento explícito para enviar imágenes a un concurso?

Y para cualquier duda que surja en su Comunidad, estamos a su disposición.

Asistencia en caso de Inspección

Asistimos a tu estudio de fotografía para responder requerimientos, incluyendo el asesoramiento ante procedimientos de inspección de la Agencia Española de Protección de Datos,

Garantía de servicio. Seguro R.C.

Somos especialistas en protección de datos y nos comprometemos a asesorarte y ayudarte a gestionar las obligaciones en materia de protección de datos con la mayor diligencia. La calidad en el asesoramiento te la garantizamos además, con un seguro de responsabilidad civil con un capital asegurado de 600.000 euros para responder ante cualquier deficiencia en el asesoramiento en protección de datos que resulte en un perjuicio para tu estudio de fotografía.