El ansia de revancha de algunos empleados puede salir cara. Es el caso de una empresa a la que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una multa de 100.000 euros por haber reenviado a toda la plantilla la sentencia resultado de un litigio mantenido entre la empleadora y un trabajador sin anonimizarla, es decir, sin borrar los datos del empleado que aparecen a lo largo del texto.

Después de que el sindicato enviara un email masivo a toda la entidad anunciando que ésta había sido condenada por comportamiento antisindical, la empresa remitió un correo electrónico a toda la plantilla en el que se informaba de la sentencia en cuestión, que afectaba a un trabajador del que constaban sus datos.

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