La Asociación de Internautas critica que el Tribunal Supremo haya dictado dos sentencias en sentido contrario sobre casos, a su juicio, muy parecidos. En el asunto de Quejasonline, el Supremo absolvió al proveedor de acceso porque no había pruebas de que conociera la ilicitud de los contenidos que albergaba. En el caso de Putasgae, el mismo tribunal condenó a la asociación porque, dada su particular batalla contra la SGAE, conocía que terceros alojaban injurias contra ella. Según la AI, «si el prestador de servicios comparte algunas ideas con quien comete ilícitos a través de sus servidores, por lógica, conocerá estas actividades, conocerá de sobra que además son delito, y responderá como si los hubiera cometido él mismo».

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