La Audiencia Nacional ha condenado a una operadora de telefonía móvil a pagar una multa de 28.000 euros por infringir la ley de Protección de Datos al incluir a un cliente sevillano en un registro de morosos por una supuesta deuda de 20,88 euros.

La multa fue imputada por la Agencia Española de Protección de Datos a Amena, empresa que en junio de 2006 incluyó al cliente en el fichero de morosos de Asnef por el impago de 20,88 euros, correspondientes al supuesto impago del consumo mensual de tres recibos. El cliente había presentado con anterioridad, el 30 de diciembre de 2005, una denuncia por el robo de su terminal en la Guardia Civil, hecho que comunicó por escrito al día siguiente a la compañía telefónica, a la que solicitó el bloqueo de la línea y el envío de una tarjeta y otro terminal.

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